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sábado, 2 de marzo de 2013

UNA LISTA MUY TONTA DE ARQUITECTOS PERITOS JUDICIALES

ESTA ENTRADA CONTIENE TRES ESCRITOS, EN RELACIÓN CON LA DECISIÓN DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE GALICIA [COAG] DE SUPRIMIR, A PARTIR DEL AÑO 2013, LA LISTA DE PERITOS JUDICIALES POR DELEGACIONES, SUSTITUYÉNDOLA POR UNA ÚNICA PARA TODA GALICIA.

EL PRIMERO ES UN PEQUEÑO INFORME REMITIDO POR UN SERVIDOR A LA JUNTA DE GOBIERNO EN SANTIAGO, EN EL QUE SE DEFIENDE EL MANTENIMIENTO DE LAS LISTAS POR DELEGACIONES.

EL SEGUNDO ES LA CONTESTACIÓN DE LA JUNTA DE GOBIERNO SALIENTE DESESTIMANDO LO SOLICITADO.

EL TERCERO ES UNA CARTA A LA NUEVA JUNTA DE GOBIERNO, POR PARTE DE QUIEN SUSCRIBE, DESMONTANDO LOS ARGUMENTOS ESGRIMIDOS EN EL SEGUNDO ESCRITO, QUE NO FUE RESPONDIDO POR LA NUEVA JUNTA DE GOBIERNO, LA CUAL SIGUIÓ ADELANTE CON EL ASUNTO DE LA LISTA ÚNICA.

COMO EPÍLOGO CABRÍA SEÑALAR QUE LA AGENCIA TRIBUTARIA DE GALICIA [ATRIGA], CIRCULAR Nº 5/2014 COAG, LES OBLIGÓ A REHACER POR DELEGACIONES LA SEGUNDA DE LAS LISTAS, LA DE PERITOS TERCEROS TASADORES. LA DE PERITOS JUDICIALES SE QUEDÓ IGUAL DE MAL QUE ESTABA.


1)  INFORME A LA JUNTA DE GOBIERNO DEL COAG

A)  PERICIAL JUDICIAL, CONCEPTO
Una Pericial Judicial resulta ser una prueba pericial, en la que el Perito, denominado Perito Judicial, es designado directamente por un Juzgado o Tribunal a instancia de una o varias de las partes implicadas en un Procedimiento Judicial, normalmente en el marco de un pleito civil.

La Prueba Pericial Judicial, una vez emitida por el perito designado, se sumará a las otras pruebas, denominadas “de Parte”, realizadas por otros peritos, que pueda haber incorporadas al Expediente Judicial, las cuales habrán sido previamente aportadas al Procedimiento que sea por la Parte Demandante [Actora] o por los Demandados en el mencionado Procedimiento.

No obstante, al haber sido el Perito Judicial designado directamente por el Juez, ello indudablemente minimizará el riesgo de instrumentalización del Técnico por los Letrados de las distintas partes, cosa que tristemente sucede con demasiada frecuencia en los otros casos [circunstancia que no ignoran los jueces], por lo que la Pericial Judicial suele gozar a priori de mayor consideración que las otras por parte de Jueces o Magistrados, y por tanto tiene más categoría, y por eso es más importante.

Por tanto a los efectos que interesan la función del Juzgado o Tribunal se limitará a designar al Perito Judicial que va a intervenir como especialista en un pleito dado, y lo hará a partir de una lista que se renueva anualmente, la cual, para el caso del nombramiento de un Arquitecto Superior, suministra el propio Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia [COAG] a los Decanatos de los distintos Juzgados de Galicia.

B)  PERICIAL JUDICIAL, COBRO DE HONORARIOS
A partir de aquí serán los propios litigantes, que han solicitado la prueba pericial, o que se han adherido posteriormente a ella, aportando cada uno su propia Proposición de Prueba, los que se harán cargo de abonar solidariamente los honorarios solicitados por el Perito Judicial en la proporción que les corresponda.

En su Proposición de Prueba cada parte indicará las cuestiones técnicas de su especialidad sobre las cuales deberá pronunciarse el Perito Judicial, extremos que antes de ser planteados al Perito deberán ser previamente admitidos por el Juez.

A los efectos del cobro de sus honorarios [que resulta ser siempre la parte más difícil y delicada del trabajo pericial] el Perito, una vez aceptado el encargo para el que ha sido designado, podrá requerir directamente a las partes solicitantes de la prueba pericial las cantidades que considere oportuno, las cuales serán a todos los efectos sus clientes y por tanto las personas físicas o jurídicas a cuyo nombre se emitirán las correspondientes facturas.

Con todo lo de solicitar directamente a las partes las cantidades dinerarias que el Perito estime oportuno para acometer el trabajo encomendado no es una opción muy recomendable, dado que resulta mucho mejor y sobre todo más seguro solicitar una Provisión de Fondos a la instancia judicial encargada del asunto, al amparo del Art. 342.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil [LEC] la cual será a cuenta de la Liquidación Final del Trabajo.

No obstante lo anterior, y al objeto de evitar desalentadores complicaciones futuras, lo recomendable será, siempre que sea posible, intentar cobrar desde el principio, con la Provisión de Fondos, la totalidad de la cuantía estimada para la realización del encargo.

Si una vez examinado por el Perito recién nombrado en el Juzgado el contenido de la documentación obrante en el Expediente Judicial de referencia, y solicitada la oportuna Provisión de Fondos, utilizando la antedicha utilísima herramienta prevista en la LEC, las partes terminaran no consignando, en el plazo de cinco días establecido en el citado Art. 342.3 de la LEC, las cantidades solicitadas, la prueba caducaría.

En dicho caso las partes solicitantes de la prueba pericial se quedarían sin su prueba pericial [allá ellos si después no pueden acreditar lo que afirman] y el Perito quedaría eximido de su obligación de realizar el trabajo que aceptó y para el cual fue designado.

En caso de que sean solo una parte o partes las que, valga la redundancia, no pongan su parte de la Provisión, y las otras sí, en ese caso el Juzgado emplazaría a la otra, o otras partes, a que cubrieran la diferencia, dándoles para ello un nuevo plazo de cinco días. De no hacerlo se volvería al estado anterior.

Señalar finalmente que en los casos de caducidad de la prueba [que siempre se han dado pero ahora con la crisis económica muchísimo más] los esfuerzos desplegados por el Perito designado, al examinar el Expediente Judicial en el Juzgado que sea, determinando su Provisión de Fondos, y muchas veces también haciendo aclaraciones por escrito sobre la misma, que se le pueden solicitar, quedarían sin recompensa. Naturalmente cuanto mayor sea la cuantía solicitada mayor será la posibilidad de que la prueba decaiga.

C) VENTAJAS DE TENER LISTAS POR DELEGACIONES
Partiendo de las explicaciones anteriores, hay que decir que lo que plantea la Junta de Gobierno del COAG para este año de tener una Lista Única de Peritos Judiciales, con todos los arquitectos colegiados agrupados indistintamente, sin tener en cuenta su localización, para que las distintas instancias judiciales los designen a voleo, sin tener para nada en cuenta su lugar de residencia, constituye un disparate. Un autentico tiro en el pié para nuestros propios intereses como colegiados, más aún en momentos de grave crisis económica, como son los actuales, y ello es así por las siguientes razones:

En primer lugar ello solo afectará al reparto del trabajo, no va a conseguir de ninguna manera que se designe a más arquitectos para realizar más periciales judiciales. Las designaciones judiciales que puedan producirse en 2013 serán las que tengan que ser, independientemente de este hecho.

En segundo lugar este estado de cosas le va a complicar indudablemente la vida a los colegiados designados, al obligarles a desplazarse una o varias veces a lugares lejanos, con el sobrecoste que ello supondrá, al objeto de aceptar nombramientos que pueden en muchos casos terminar no materializándose.

En tercer lugar conllevará un mayor esfuerzo físico e intelectual para el profesional designado al tener éste que trabajar fuera de su zona, en lugares con cuya geografía, historia y planeamiento no estará familiarizado en absoluto ¿No sería mejor que el trabajo de Vigo lo hiciese un colegiado de Vigo y el de Lugo uno de Lugo? ¿Para que si no se crearon las distintas delegaciones del COAG?

Nombrar a un Perito judicial fuera de zona solo tendrá sentido cuando se trate de tener como perito a una autentica eminencia en la materia que sea [un catedrático de Estructuras por ejemplo] y ello siempre ha sido posible si lo solicitan las partes y siempre lo será. En todos los demás casos que se puedan imaginar designar a un Perito fuera de zona será del género bobo porque no tendrá ninguna ventaja y sí en cambio muchos inconvenientes para todo el mundo. Sería como que de un incendio en Vigo se ocupase el Parque de Bomberos de Ferrol, y de uno en Lugo el de Vigo.

En cuarto lugar lo que sí va a provocar este estado de cosas, al tener que solicitar Provisiones de Fondos mucho mayores para atender a los nuevos gastos de desplazamiento, es inducir artificialmente una mayor caducidad de nombramientos dado que el explicado sobrecoste aumentará significativamente la probabilidad de que las partes no consignen las cuantías solicitadas.

A titulo de ejemplo señalar que en la última pericial realizada por un servidor se hizo necesario, además de la asistencia a la vista, que excepcionalmente llevaba un Juzgado de 1ª Instancia de Madrid, hacer cinco visitas al Juzgado de Vigo que mediante exhorto tramitó el nombramiento [al complicarse el asunto de la Provisión de Fondos], así como otras cuatro visitas al Concello de Vigo, de ellas tres al Archivo Municipal para recabar documentación, y la última una entrevista con un técnico municipal de Vías y Obras.

A lo anterior habrá que sumar ocho visitas al Lugar de la Pericia, un bloque de viviendas ubicado en el barrio de Coia, también en Vigo ¿Alguien se puede imaginar el enorme sobrecoste que hubieran podido tener todas estas actividades fuera del Estudio, en kilometraje y estancias hoteleras, si el lugar de la pericia en vez de estar en Vigo hubiese estado situado por ejemplo en Lugo o en El Ferrol?

Naturalmente siempre existirá la opción de recortar gastos de desplazamiento por la vía de hacer trabajos de muy baja calidad, realizando por ejemplo solo una visita de reconocimiento [o ya puestos ninguna, como pasa con muchas ITEs] al lugar de la pericia, lo que en muchos casos puede ser del todo insuficiente y contribuirá a acelerar el rampante descrédito profesional ¿Donde quedará en esos lamentables casos el "plus de calidad" que supuestamente representamos los Arquitectos?

Luego nos quejaremos de que el Gobierno decida que cualquier ingenierete con competencias en edificación pueda hacer trabajos de Arquitectura, lo que incluirá a los Informes Periciales. Estas son el tipo de cosas que acaban aconteciendo cuando muchos malos profesionales llevan, con su mala praxis, demasiado tiempo arrastrando la bandera de la, en otros tiempos prestigiosa profesión, por el fango.

Desde este punto de vista siempre será mucho mejor hacer bien los trabajos, cobrándolos en lo que valen, sin escatimar nunca gastos a costa de la calidad. Lo barato dejará de ser barato cuando el producto pase a ser simplemente malo, y por tanto inútil como herramienta judicial concebida para posibilitar sentencias justas.

UN INFORME PERICIAL QUE SE PRECIE DEBERÁ SER EXPLICATIVO, DIDÁCTICO Y DEMOSTRATIVO DE LO QUE DICTAMINA. Hacerlo bien costará tiempo y dinero. Es en éste sentido una pena que el Colegio haya dejado de enviar la circular, que otrora remitía anualmente a los colegiados, recordándoles sus deberes y obligaciones como Peritos Judiciales. Otro paso en la dirección equivocada.

Finalmente señalar que afortunadamente, y dado que los Jueces, los Secretarios Judiciales y muy especialmente los Abogados [que como es su obligación protegen los intereses económicos de sus clientes] no son tan tontos como nosotros, ya se encargaran ellos mismos, en muchos casos, de solicitar y rastrear en la Lista de Peritos a Arquitectos que tengan su residencia cerca del emplazamiento del objeto de la pericia, en vez de a uno que viva en las quimbambas, De hecho esta circunstancia por sí sola podría constituir un motivo legitimo de oposición a un determinado nombramiento.

Todo lo cual comunico a los efectos oportunos para su consideración por la Junta de Gobierno del COAG, a solicitud del compañero Martín Cominges, Presidente de la Delegación de Vigo, que me ha pedido que elabore este pequeño escrito, y al cual no he podido decir que no, aunque dudo de que sirva para algo.


2)  LA TARDÍA CONTESTACIÓN DEL COLEGIO






3)  NUEVA ESCRITO A LA JUNTA DE GOBIERNO 

Estimados compañeros de la Nueva Junta de Gobierno:

En relación con un escrito que me fue enviado por la Junta de Gobierno saliente, entonces ya en funciones, de fecha 12 de Marzo de 2013, como tardía contestación a un razonado escrito mío, referido a la nueva organización de las Listas de Peritos Judiciales para éste año refundidas ahora en una Lista Única para toda Galicia, asunto con el que no estaba, y sigo sin estar de acuerdo, dado que los argumentos que se me dan en el explicado escrito para justificarlo, y que enumero a continuación, no me convencieron en absoluto.

En primer lugar se alega la imposibilidad jurídica de organizar las listas en función de criterios territoriales por Delegaciones al no encajar, según ellos, con la regulación prevista "en el artículo 341 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que determina la elaboración de un listado único con todos los colegiados integrantes del correspondiente colegio profesional, interesados en ejercer como peritos, sin referencia alguna respecto de la residencia o domicilio profesional de cada uno de ellos."

Bien, si es así no se entiende que el Colegio envíe todos los años, cosa que se sigue haciendo, y que no se debería hacer, dos listas de peritos, una de Edificación y otra de Urbanismo, a los distintos Decanatos. Naturalmente lo que éstos hacen con ellas, como en su día me explicó la funcionaria del Decanato de Vigo que se ocupa del asunto, es tirar directamente una de las dos listas a la papelera, al entender que se las están dando por duplicado.

Resulta que la cosa no es como la cuentan. El escrito de la anterior Junta de Gobierno tergiversa descaradamente el contenido del citado art. 341 de la LEC. Lo que éste dice en realidad es lo siguiente:

"1. En el mes de enero de cada año se interesará de los distintos Colegios profesionales o en su defecto, de entidades análogas,… el envío de una lista de colegiados  o asociados dispuestos a actuar como peritos."

Es evidente, a tenor del texto citado, considerando que las distintas Delegaciones Colegiales no solo es que se puedan, sino que de hecho se deben entender como "entidades análogas", que por tanto cada una de ellas deberá poder confeccionar y emitir su propia Lista de Peritos Judiciales, como se había venido haciendo hasta el año pasado.

Otra cosa es que a la anterior Junta de Gobierno le pudiese interesar vaciar de contenido a las Delegaciones colegiales para poder así justificar su supresión, pero eso ya es otra historia.

El segundo lugar  se alega que "el art. 3.3 de la Ley de Colegios Profesionales, establece el principio de colegiación única en todo el territorio nacional. Esto implica que, al igual que un arquitecto colegiado en Galicia puede solicitar su inclusión en la lista de peritos judiciales elaborada por cualquier colegio de arquitectos de España, de la misma manera, al estar incorporado en las listas de peritos del Colegio de Arquitectos de Galicia, puede actuar como perito en cualquier partido judicial de nuestra comunidad autónoma, independientemente de su domicilio profesional o de su adscripción a una u otra Delegación colegial."

Bien este argumento tampoco invalida mi tesis, el propio párrafo citado está admitiendo que, aun existiendo el principio de colegiación única en todo el territorio nacional, pueden existir, como de hecho existen, listas independientes de peritos judiciales por demarcaciones colegiales, y que por tanto cada Colegio da Arquitectos, o entidad análoga, léase Delegación, podrá elaborar su propia lista independiente de peritos judiciales.

La falacia aquí está en confundir descaradamente dos conceptos bien distintos. Una cosa es que un Arquitecto colegiado en España y que viva fuera, pongamos por caso en Tombuctú, pueda solicitar su incorporación por ejemplo a la Lista de Peritos Judiciales de la Delegación de Vigo, y que haya que admitirlo. Allá él si después los costes de desplazamiento se le disparan hasta la Luna, y sus clientes, los solicitantes de la pericial judicial, no quieren abonárselos.

Cosa bien distinta sería que el principio de colegiación única en todo el territorio nacional conlleve, que no es el caso, la existencia de una lista única de peritos judiciales, que en buena lógica ya no lo sería solo de Galicia, sino de toda España, lo que ya sería el colmo del absurdo.             

En el escrito remitido a éste colegiado también se pone como ejemplo, en apoyo de su tramposa interpretación, una condena del Tribunal de Defensa de la Competencia de la Comunidad de Madrid que sancionó al Colegio de Economistas de Madrid por no incluir en sus listados de peritos a un economista colegiado en Cataluña.

Es a todas luces evidente que el objeto de la mencionada condena era la no inclusión en la lista de peritos del colegiado de Cataluña, no la mera existencia de una lista independiente de economistas en Madrid, la cual para nada se cuestiona.

Continuando con la justificación de la supresión de las listas por Delegaciones traen asimismo a colación la reciente resolución de un expediente abierto al COAG por el Consello Galego de Competencia, motivado por los turbios e interesados tejemanejes habidos en los últimos tiempos en la gestión de las listas de peritos judiciales.

En el párrafo se cita el compromiso colegial de "otorgar una nueva redacción a los criterios de acceso a las listas de arquitectos peritos judiciales que se remiten anualmente a la administración de justicia atendiendo únicamente a las condiciones que indica la Ley de Enjuiciamiento civil".

Es igualmente obvio, aunque ellos no lo quisiesen ver, que el Consello de Competencia tampoco en este caso les está, ya no obligando, sino ni tan siquiera sugiriendo que hagan una lista única. Nótese en cualquier caso el empleo del plural al referirse a "las listas" del COAG, lo que apuntaría más bien a la tesis contraria.
  
Se añade el compromiso de "no introducir en el futuro cláusulas restrictivas de la competencia sobre [estas] materias", esto último se refiere a los deplorables tejemanejes apuntados más arriba, y tampoco hace al caso.

Para terminar sus redactores [los pobres] se justifican farisaicamente, aseverando que se han "limitado a cumplir escrupulosamente con la redacción del mencionado artículo 341, organizando un listado único"… Patético.

Finalmente señalar que si me he tomado la molestia de redactar esta contestación al escrito de referencia es principalmente porque me fastidia que me tomen por idiota, no porque espere que vaya a servir para mucho más.

Y es una lastima, dado que sería una inmejorable ocasión para demostrar que el Colegio, además de hacer todas esas otras cosas que hace, en ocasiones también se preocupa por defender a sus colegiados de base.

Atentamente,

En Vigo a día 9 de Mayo de 2013,


JOSÉ BAR BLANCO, 2013



miércoles, 28 de noviembre de 2012

PAVIMENTOS CON TRAMPITAS Y SUS CONSECUENCIAS

1. PREÁMBULO

Los nuevos pavimentos en tablero de madera, por otra parte de bastante mala calidad, que se han instalado recientemente bordeando los muelles de Vigo en la zona de Las Avenidas, se están, como era de esperar, deteriorando rápidamente, al desprenderse las cutres tablillas con las que están construidos, muchas de las cuales son meros retales de poca longitud que están medio sueltos, lo que hace que se desprendan con facilidad de los rastreles que tienen debajo, dejando en su lugar maléficos agujeros.

Si bien los dichos agujeros en el pavimento no parecen representar un gran riesgo para paseantes precavidos, si lo serán en cambio para la gente que corre asiduamente por la zona, razón por la cual procederé, como “AVISO A NAVEGANTES”, a recordar lo que me pasó a mí en 2008, en otro tramo de la zona portuaria, también pavimentado en madera, pero igualmente deteriorado, aunque a priori mucho mejor ejecutado.

FOTO Nº 1. ENTABLONADO NÁUTICO, VISTA GENERAL - En ésta vista longitudinal del entablonado -mirando desde el Náutico hacia el Espigón- se distingue el tablón dañado [ahí sigue], correspondiente a la vigesima columna del entablonado.


2. CAÍDA Y LESIÓN
Como usuario del Gimnasio del Club Náutico de Vigo que, como muchos otros, corre habitualmente por la zona, me alegré a mediados de los noventa cuando, en el marco del proyecto “Abrir Vigo al Mar”, se instaló un tramo en entablonado de madera a lo largo de parte del Paseo Marítimo, delante de los jardines de Montero Ríos. De hecho en su momento me fastidió que no lo continuaran, como estaba inicialmente previsto, hasta el extremo del espigón, que es hasta donde yo solía correr.

Como es sabido correr siempre por terrenos duros sobrecarga mucho las articulaciones, particularmente de tobillos y rodillas. En contraste el entablonado en cuestión era lo más parecido a un pavimento deportivo que había en la zona, y resultaba agradable correr sobre el mismo.

El caso es que una falta absoluta de mantenimiento, unida a usos del todo inadecuados, desde montar expositores de la Universidad empotrados en el pavimento, a carpas de acontecimientos deportivos ancladas al mismo, unido, todo ello, al arrastre de embarcaciones y a su uso indebido como aparcamiento ocasional de vehículos, actuaciones todas ellas consentidas en su día por las autoridades competentes, han conducido al deterioro acelerado del otrora espléndido pavimento, con el consiguiente riesgo para sus usuarios.

En mis correteos por la zona ya había advertido la existencia de testas de tablones sueltas las cuales, en número creciente, sobresalían maléficamente del plano del pavimento, esperando, cual pequeños icebergs, a que alguien se tropezase con ellos, cosa que, por cierto, les pasaba mucho a los cruceristas. Pero a mí no porque, como avezado vigués que soy, ese riesgo lo tenía perfectamente controlado mientras corría.

A lo que no le había dado, a lo que se ve, la suficiente importancia, hasta que me caí en Junio de 2008, era a la presencia de otro tipo de lesiones camufladas en el pavimento, porque son casi imposibles de ver, cuando uno corre, o incluso camina, en la dirección del entablonado —lo impiden su tono y textura— debidas a la desaparición de tiras de madera en los laterales de los tablones.


FOTO Nº 2. DETALLE TABLÓN ROTO - La pieza dañada, de 15 cm de ancho, vista más en detalle. La homogenea coloración oscura de la madera dificulta mucho su detección.

Este tipo de lesiones insidiositas en el pavimento son más un peligro que un riesgo para un corredor, en la medida en que son de muy difícil prevención. La que provocó el referido accidente [ahí sigue] forma un plano inclinado a lo largo del lateral de un tablón de 3 m de largo y mide 132 cm, con una anchura, sumando la junta de separación, de 7,5 cm. Fue precisamente en ese hueco donde se introdujo, y quedó atrapada mientras corría, mi zapatilla deportiva.

El abrupto apoyo con la puntera de la zapatilla izquierda sobre el explicado plano inclinado, de unos cuatro centímetros de profundidad, me desestabilizó hacia ese lado, haciéndome caer inevitablemente al suelo. Durante la caída, al haber quedado atrapada la zapatilla en la madera, se me torsionó la pierna izquierda, lo que me provocó un doloroso Esquince de Tobillo Izquierdo de Grado III que conllevó inmovilización y reposo con la pierna en alto durante 28 días, y posteriormente me obligó a desplazarme ayudado de una muleta durante algún tiempo, y aún después siguió causando molestias, lo que me impidió volver a correr durante una buena temporada.


FOTO Nº 3 - La parte dañada del tablón define, a lo largo de su longitud, un peligroso plano inclinado, de unos 27º de pendiente en el que resulta muy fácil meter el pié, particularmente la puntera de una zapatilla mientras se corre.

Aún recientemente, a principios de este año 2012, me sobrevino una dolorosa lesión en el menisco de la misma pierna mientras corría por la zona, la cual relaciono con la antedicha mala caída, y que me obligó nuevamente a volver a recurrir a la muleta, y a dejar de correr durante otra larga temporada.


3. RECLAMACIÓN Y RECURSO CONTENCIOSO
Lo interesante del caso es que, totalmente convencido de lo procedente que era la reclamación formulada, en su día presenté dos Reclamaciones Administrativas por responsabilidad patrimonial en las que solicitaba una pequeña indemnización por el daño sufrido, una ante la Autoridad Portuaria y la otra ante al Concello de Vigo, dado que ambas administraciones decían que la responsable era la otra.

Como ambas reclamaciones fueron desestimadas por las dichas administraciones, las cuales rechazaban de plano toda responsabilidad en el asunto y se echaban -un espectáculo poco edificante- mutuamente la culpa la una a la otra del estado del pavimento, la cosa acabó en un RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO [JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 2 DE VIGO, Procedimiento Abreviado Nº 236/2009] contra las dos administraciones citadas, AUTORIDAD PORTUARIA y CONCELLO DE VIGO, cuya vista tuvo lugar en 2009.

4. LA ARGUMENTACIÓN DE LA SENTENCIA
La SENTENCIA que puso fin al explicado Procedimiento terminó desestimando la DEMANDA formulada, exculpando con ello a ambas Administraciones. Con todo lo más asombroso fueron los argumentos, un tanto surrealistas, y por eso resulta interesante traer el asunto a colación, en los que ésta se apoyaba para justificar el fallo.

La sentencia emitida, que no negaba los hechos relatados, empezaba muy bien reconociendo prometedoramente que es efectivamente competencia de las administraciones velar por el buen estado del pavimento, “debiendo velar tanto por su limpieza como por su pavimentación” como decía la sentencia, citando a tal efecto los Arts. 25.2, 26.1 y 54 de la Ley de Bases de Régimen local [LBRL] y a mayores los Arts. 80.2 y 81, más explícitos, de la Ley 5/1997 de Administración Local de Galicia que disponen: “es competencia de los municipios no solo la pavimentación sino también la conservación de las vías públicas”.

Sin embargo, y aquí empezaban las cosas a torcerse, no apreciaba el juzgador un funcionamiento deficiente del Servicio Público, al entender que el pavimento en cuestión “no está destinado específicamente para el desarrollo de la actividad deportiva, sino para el paseo”, añadiendo a renglón seguido “Por eso el estándar de rendimiento exigible no alcanza los niveles de uniformidad y ausencia de irregularidades que podrían predicarse en espacios específicamente destinados a correr”.

Asimismo, y si bien la sentencia asumía la existencia de las lesiones y deficiencias del pavimento descritas en el Escrito de Demanda, y que fueron las que en última instancia provocaron la caída, no las consideraba como tales, al entender que eran meras “irregularidades propias del tipo de pavimento”.

A continuación, y refiriéndose al Demandante, o sea a quien esto escribe, se añadía un tanto eclécticamente “por ser usuario asiduo de dicha zona, tenía que ser conocedor del estado general del pavimento de madera”. Cabría preguntarse a que estado general se refería exactamente el señor Juez, cuando acababa de señalar que según él las irregularidades eran las propias del pavimento, por tanto, a tenor de lo dicho por él mismo, su estado no podría ser otro que bueno.

Además el juzgador parecía considerar al ciudadano obligado a andar con mil ojos, al afirmar más adelante que [como debería saber cualquier desminador] “la irregularidad puede ser salvada en el curso de una deambulación atenta y diligente”.

En cuanto a la actividad deportiva practicada en sí misma se afirmaba: “el plus de riesgo que dichas actividades impliquen para su integridad física… debe ser asumida por el sujeto que voluntariamente se coloca en dicha posición”. Sin embargo a renglón seguido se reconocía “no quiere ello decir que realizar footing entrañe una actividad de riesgo”, para, acto seguido, volver a corregirse al decir “la aceleración en el paso implica mayores riesgos que un paseo a velocidad más moderada”.

5.  ESPACIOS PEATONALES, CONCEPTO
Por lo que respecta al uso del espacio peatonal la sentencia interpretaba que el lugar en cuestión estaba específicamente destinado a la “deambulación peatonal” [¿de que otra clase podría ser?]. Naturalmente esto de la deambulación se lo inventaba directamente el señor Juez. A mí en la Escuela de Arquitectura no me contaron eso.

En cualquier caso resulta interesante señalar que, en cuanto a su significación, lo que diferencia al término “LOCOMOCIÓN” [según el DRAE “traslación de un lugar a otro”] del verbo “DEAMBULAR” [según el DRAE “andar, caminar sin dirección determinada, pasear”], y por eso [arrimando el ascua a la sardina de las Administraciones] empleaba el segundo el señor Juez, es que éste último concepto excluye la carrera, incluyendo a mayores el significado de “sin dirección determinada”.

El primer término -que debería ser el de aplicación al caso- ofrece un significado más amplio, y por tanto menos limitativo que el segundo. Así pues, y según la explicada sentencia, todo lo que no sea caminar sin rumbo fijo —es decir como un zombi— quedaría fuera del alcance de la cobertura del pavimento. Por ejemplo una madre corriendo tras su niño.

Ciertamente los espacios peatonales están excluidos al tráfico rodado fundamentalmente de vehículos con motor a pistón, y en consecuencia son de uso peatonal, aunque se suela permitir el paso, no solo de bípedos de toda laya, aves incluidas, sino también de mascotas, normalmente de cuatro patas [como perros y gatos], así como de todo tipo de artefactos de tracción animal, tales como bicicletas, coches de niño, sillas de ruedas [incluso motorizadas], y otros artilugios similares, tales como los transportadores personales tipo Segway PT.

Ahora bien lo que, una vez posicionado en ese espacio, y ejerciendo su libertad de movimientos, haga el ciudadano, ya sea caminar, con o sin rumbo fijo, correr o esprintar; eso, lo que en definitiva podríamos considerar como la MODALIDAD DE LOCOMOCIÓN elegida, eso ya es cosa suya, y el pavimento en cuestión lo tendría que poder soportar.

Al final lo que originó la referida caída, cosa que en su momento reconocieron todos, fue la deficiencia en un tablón, y no el hecho de correr, una actividad por otra parte recomendada por los cardiólogos. Como suelen decir estos “si no tienes tiempo para hacer ejercicio lo tendrás para ir al hospital”. De hecho para practicar footing no se requiere una pista de atletismo, como parecía sostener el juzgador.

El footing en principio, al igual que la prueba del maratón, se tiene que poder practicar en cualquier sitio, excluyendo naturalmente las autopistas, los campos de minas y los lugares con trampitas.

ASÍ PUES, NIÑOS Y NIÑAS, YA LO SABÉIS: SI CORRIENDO POR AHÍ OS LESIONÁIS, METIENDO EL PIÉ EN ALGÚN INESPERADO AGUJERO DEL PAVIMENTO, OS PODRÁN [¡ATTENTI AL LUPPO!] ACABAR CULPANDO A VOSOTROS MISMOS DEL ACCIDENTE.

6. REFLEXIÓN FINAL

Finalmente señalar que, aunque la JUSTICIA en el fondo no sea otra cosa en realidad que la perpetua y continua voluntad de querer ser justos, sentencias como la relatada se dan con cierta frecuencia en este país, porque los Jueces de lo Contencioso-Administrativo en vez de percibirse a sí mismos como representantes de un poder independiente, cual debería ser el PODER JUDICIAL, cuya única y exclusiva función sería la de hacer JUSTICIA, así con mayúsculas, sin atender para nada a quien se pueda perjudicar con ello, se ven meramente como funcionarios de un Estado, que es al fin y al cabo quien les paga su sueldo.

Es por ello que los citados funcionarios tienden a esforzarse en descargar de responsabilidad a las Administraciones Públicas implicadas en los procedimientos que les toca resolver. Por otra parte no ignoran que si quieren hacer carrera en la Administración Judicial más les valdrá que su desempeño en el cargo no le resulte demasiado oneroso a la administración del Estado para el que trabajan.


JOSÉ BAR BLANCO, 2012

sábado, 17 de noviembre de 2012

REFORMA EN PORTA DO SOL VS REMODELACIÓN DE BAR BÓO

1.  ANTECEDENTES HISTÓRICOS
Para entender el origen y la importancia urbanística de la viguesa Puerta del Sol, actualmente más conocida como Porta do Sol que es su denominación en lengua vernácula [lo que permite diferenciarla de su archiconocida homologa madrileña], procede remontarse a los albores del siglo XVIII, época en la cual el desarrollo de sistemas de defensas fronterizas fue haciendo progresivamente innecesario el mantenimiento de complejas fortificaciones urbanas, lo que llevó a su gradual demolición, liberando con ello terreno para otros usos.

Concretamente la demolición del cinturón defensivo de París permitió la implantación de los primeros bulevares. De hecho en Francés el termino "boulevard" [baluarte en Español] designa a la propia línea de fortificaciones. Al convertirse ésta en anchos viales flanqueados por árboles la denominación se mantuvo, por lo que actualmente la palabra Boulevard se usa simplemente para designar a una amplia avenida arbolada.

Emulando el temprano ejemplo de París, muchas otras ciudades y capitales del continente europeo se han beneficiado de ésta reversión para fines pacíficos de las áreas fortificadas que las rodeaban. En Galicia por ejemplo la Plaza de María Pita en La Coruña fue posible al desafectarse los terrenos ubicados delante de la muralla que rodeaba su casco viejo, correspondientes a su zona de tiro libre.


Análogamente al caso, en Vigo la Puerta del Sol se originó con la demolición de sus antiguas murallas en 1869, aprovechando también la zona de tiro libre ubicada delante de la puerta de la antigua muralla que miraba al Este, hacia el sol naciente, y que rodeaba lo que entonces era una villa de pescadores de tan solo 8.200 habitantes.

La inicialmente llamada Plaza del Sol constituyó el principal nudo de tráfico y núcleo de expansión del Vigo de extramurallas. De ella partían el Camino de Orense, la actual calle del Príncipe, así como la vía de entrada desde Pontevedra, la actual Policarpo Sanz, y finalmente Elduayen, su unión con Bouzas, que ahora es un barrio de Vigo pero entonces era una población independiente.

Expresado más poéticamente por un cronista de la villa: "Tras la demolición de las murallas, la Puerta del Sol dio paso a la plaza de su nombre, que se constituyó en corazón de la ciudad. De este corazón, siempre palpitante, arrancaron las principales arterias del Vigo moderno" [José María Álvarez Blázquez, "Vigo en el siglo XIX"].


FOTO Nº 1  LA PORTA DO SOL Y SU ENTORNO INMEDIATO EN EL VIGO ACTUAL


Las calles Príncipe, Policarpo Sanz y Elduayen van paralelas a la línea de costa —Eje Este-Oeste— resiguiendo las curvas de nivel de la ladera, por tanto con pendientes pequeñas. A estos se añaden —Eje Norte-Sur— otros dos viales de mayor pendiente, Carral y Doctor Cadaval, que acometen perpendicularmente Porta do Sol.


Todas estas cinco calles, además de otros elementos de menor importancia, como son la Subida a la Herrería y el acceso a la Plaza de la Constitución, confluyen en Porta do Sol conformando el ámbito de referencia.

FOTO Nº 2 – VISTA DE UNA BULLICIOSA Y ALGO CAÓTICA PORTA DO SOL EN EL AÑO 1989 [ÉSTA FOTOGRAFÍA, JUNTO CON LAS NÚMEROS 8, 11 Y 12, FUE REALIZADA POR UN SERVIDOR, COMO ESTUDIANTE DE ARQUITECTURA, EN EL VERANO DE 1989, COMO PARTE DEL REPORTAJE FOTOGRÁFICO QUE ACOMPAÑABA EL PROYECTO DE REMODELACIÓN DE BAR BÓO]


2. LA OBRA DEL “PLAN E” EJECUTADA EN 2009
La actual ordenación del ámbito, por llamarla de alguna manera, inaugurada en 2009, y que costó cuatro millones de euros, procedentes del famoso y controvertido “PLAN E” del Gobierno de Zapatero, parte de una aproximación en extremo simplista al complejo espacio de referencia.

La intervención realizada, que continúa con la tradición local, consistente en llevar a cabo en el espacio público todo tipo de irreflexivas paletadas, la una detrás de la otra, siempre al gusto de los ediles de turno, lee la Puerta del Sol, o Porta do Sol, como si ésta, en vez de ser una plaza que es lo que es, fuese un único vial [Policarpo Sanz y Elduayen unidos], el cual atraviesa diagonalmente una zona de márgenes irregulares.


FOTO Nº 3 – LA PORTA DO SOL A VISTA DE PÁJARO CON EL "SIRENO" EN PRIMER PLANO

Dado que el lugar tiene forma de rectángulo alargado, la intervención genera dos amplios recortes triangulares a ambos lados, los cuales se reconvierten en espacios peatonales. A mayores la obra ejecutada deja a la amplia calzada preexistente reducida a un patético riachuelito, de apenas un carril por cada sentido de circulación, al que se dota de un curioso, y bastante confuso, balizamiento luminoso de tipo aeronáutico.

Resultando de todo ello que, al otrora "corazón, siempre palpitante" del Vigo moderno, se le ha inducido una grave estenosis arterial —el término médico utilizado para definir el estrechamiento patológico de un conducto—, dejándolo en un deplorable estado semicomatoso de disfuncionalidad.

Todo ello naturalmente no sale gratis, y obliga a hacer un largo by pass, desviando una gran parte del tráfico de la anteriormente bulliciosa Puerta del Sol, por Orillamar y Marqués de Valladares, éste último vial además recientemente acondicionado —con el estrechamiento de su calzada, ahora pavimentada en pavés— para soportar únicamente un tráfico rodado de baja densidad, lo que conlleva molestias, daños en el pavimento y retrasos en sus desplazamientos para todos los ciudadanos.

FOTO Nº 4  –  OTRA VISTA DE LA MISMA PLAZA DESDE EL EXTREMO OPUESTO

La intervención ha conllevado la demolición de una amplia marquesina preexistente, de reciente implantación y cubierta translucida, equipada con bancos protegidos de la lluvia para esperar el autobús.

Dado que a la gente no le suele gustar mojarse, los vigueses, aunque solo fuera porque la habían pagado con sus impuestos, deberían haber podido seguir disfrutándola, esperando al autobús cómodamente sentados, y protegidos de los rigores de la temperie, bajo la gran marquesina.

La paralepipédica pieza, construida en 2004 y demolida en 2009 [un caso paradigmático de arquitectura efímera], reinterpretaba elementos arquitectónicos tradicionales en lenguaje contemporáneo, siendo obra de los arquitectos vigueses Vicente Pintos, Javier Franco, Javier Mariño y Manuel Toucedo, los cuales, como es fácil imaginar, tampoco se quedaron muy contentos con la prematura desaparición de su obra.

FOTO Nº 5 – VISTA DE LA GENEROSA MARQUESINA DEMOLIDA [2004-2009]

Formando equipo habían ganado un concurso restringido, convocado por la OFICINA DE PATRIMONIO HISTÓRICO DEL CONCELLO, para hacer un INTERCAMBIADOR DE TRANSPORTES con capacidad para servir no solo como parada normal del autobús urbano, sino también como punto de arranque para los recorridos turísticos en autobús, así como de llegada para unas previstas lanzaderas que unirían el Centro con las Estaciones de Autobuses y Tren.

FOTO Nº 6 – EL MASIFICADO ESTADO DE COSAS TRAS LA REFORMA MUESTRA LA INSOLVENCIA TÉCNICA DE LA ACTUACIÓN REALIZADA. LA ABARROTADA MARQUESINA ESTÁNDAR INSTALADA TRAS LA DEMOLICIÓN DE LA ANTERIOR ES INCAPAZ DE COBIJAR A TODOS LOS SUFRIDOS USUARIOS.

La citada marquesina debía cumplir además otras dos importantes funciones, cuales eran constituirse en pieza referencial de la entrada al Casco Viejo y hacer el cierre de la Plaza de la Princesa por su lado abierto hacia Porta do Sol. Ahora dicho espacio peatonal, sin un elemento urbano que lo delimite, queda totalmente descabalado, resultando difícilmente entendible como placita independiente.

El proyecto de remodelación, que se trata más adelante, también preveía una marquesina, aunque más grande, de 36 m de largo y con cubierta ajardinada, llegando hasta la entrada a la Plaza de la Constitución.

Continuando con la bajada de categoría del ámbito de referencia, se han cargado también la mejor y más rentable parada de taxis de todo Vigo. Ésta ha sido desplazada, desde su ventajosa ubicación original en Porta do Sol, a Doctor Cadaval.

Los agradecidos taxistas, y muchos otros conductores, tienen ahora, para poder incorporarse a la escuálida calzada que les han dejado, que transitar precariamente con sus vehículos sobre una supuesta zona peatonal, y encima por su parte más ancha —lo que ya es el paradigma de la imprevisión—, donde cualquier día atropellarán a alguien, y después les echarán la culpa. La incomoda incorporación al vial, se hace en perpendicular, sobrepasando el bordillo.

FOTO Nº 7 – LA ZONA DE PASO DE VEHÍCULOS QUE ATRAVIESA EL ESPACIO PEATONAL

Y todas estas cosas acontecen porque la zona está [¡Tachan!] humanizada. Humanizar —un término de la Langue de Bois [lengua de madera en Francés] de los políticos— consiste, a lo que se ve, en hacer espacios descontrolados y perfectamente inútiles, en los que en la mayor parte del espacio no se puede ni plantar árboles, tan solo maceteros, porque lo imposibilita el parking que hay debajo.

El resultado neto de la intervención resulta ser una desolada explanada pétrea de aspecto pueblerino, que ya no es ni plaza siquiera, en la que la gente se empapará en invierno y se asará en verano.

En éste sentido hay que recordar que el recurso a la peatonalización es exactamente eso, un recurso, y como tal no es ni bueno ni malo en sí mismo. La forma en que se haga es lo que en última instancia determinará su eventual idoneidad. Para acertar hará falta tener el conocimiento necesario, la sensibilidad adecuada, y sobre todo muchísimo sentido común.


3.  EL PROYECTO DE BAR BÓO
Corría el año 1989 cuando los responsables municipales se pusieron en contacto con el Arquitecto vigués Xosé Bar Bóo, padre del autor de éste trabajo, para encargarle la reforma de la repetida plaza. Ya por entonces tenían el dibujete de la reciente intervención, el cual debieron rescatar a toda prisa de algún cajón para incorporarlo al Plan E.

FOTO Nº 8 –  EL ARQUITECTO BAR BÓO Y SU FIERO BIGOTE EN EL AÑO 1977

De hecho aspiraban a que el prestigioso arquitecto se lo desarrollase. Naturalmente, que le vinieran con semejante bobada —con una idea que se le podría haber ocurrido a un niño de seis años— no le hizo demasiada gracia al respetado profesional.

Así pues, y tras explicarles que un “prrroyecto” así sería indudablemente un asco, les presentó una propuesta alternativa, mucho más interesante.

El proyecto de Bar Bóo partía de la decidida idea de que la Puerta del Sol —el Km 0 de Vigo— es fundamentalmente un nudo de tráfico viario y que de lo que se trataba precisamente era de potenciar dicha dimensión, la cual dinamiza su espacio. Y es que ese es exactamente el leitmotiv o, dicho en lengua vernácula, o cerne da deboura, de todo el asunto.

PLANTA GENERAL DE PORTA DO SOL EN LA PROYECTADA ORDENACIÓN DE BAR BÓO

Una plaza resulta ser un espacio, más o menos regular, horizontal y cerrado, conformado por las edificaciones que la delimitan. Cuanto más cerrada sea, menos tráfico soportará, y más servirá como foro o lugar de encuentro, por lo que las plazas peatonales suelen ser espacios de perímetro muy cerrado protegidos de ruidos y vientos predominantes. Es el caso de las Plazas Mayores como las de Madrid, Salamanca o La Coruña. Lugares porticados, de planta cuadrada, a los que se accede por soportales.

Por el contrario, en la medida en que las aberturas crecen, en tamaño y número, la plaza va transformándose en nudo vial. El caso paradigmático de plaza muy abierta sería la parisina Place de l´Étoile, la cual, con sus doce calles radiales apuntando al Arc de Triomphe, constituye un nudo viario de primer orden de la capital de Francia. Es evidente que si a algún intrépido chevalier se le ocurriese la absurda idea de "humanizarla" el resultado sería un desastre.

Buscando un parecido de la viguesa Puerta del Sol con alguna otra plaza famosa, quizás la neoyorquina Times Square sería, salvando las distancias, la que más se le asemeje. Caracterizada por el encuentro en ángulo agudo de la Séptima Avenida con Broadway, y situada entre las calles 42 y 47, combina tráfico peatonal y rodado, con predominio de éste último.

FOTO Nº 9 – LA IMAGEN EJEMPLIFICA PERFECTAMENTE LOS NOTABLES PROBLEMAS DE TRÁFICO DE LOS QUE ADOLECÍA EL COMPLEJO ESPACIO DE REFERENCIA E 1989, LOS CUALES LA REMODELACIÓN DE BAR BÓO ASPIRABA A RESOLVER CON LA IMPLANTACIÓN DE UNA GRAN GLORIETA.


4.  LA GLORIETA Y "EL SIRENO"
El Proyecto de Bar Bóo para la "REMODELACIÓN DA PORTA DO SOL", del año 1989, preveía la instalación de una gran glorieta central, de 14,40 m de diámetro, la cual, en conjunción con tres isletas ajardinadas, organizaría el tráfico rodado procedente de las direcciones Norte-Sur y Este-Oeste.

SECCIÓN DE LA PROYECTADA ROTONDA

La pieza central estaría constituida por una gran fuente monumental con dos planos de agua superpuestos, equipada con proyectores subacuáticos y chorros de agua. En su centro un cuerpo sobreelevado serviría de base a una escultura en acero inoxidable. A su vez las isletas contendrían otras tres piezas en material pétreo, configurando el conjunto un grupo escultórico.


 PLANTA Y ALZADO DE LA PROYECTADA ROTONDA

En vez de eso el Concello instaló en su lugar en el año 1991 una peculiar pieza del escultor cambadés Francisco Leiro en acero inoxidable, muy grande —más de seis metros de largo— y de clara inspiración carnavalesca, la cual, aunque vista de lejos parezca un bisonte discapacitado, resulta que representa en realidad a un ser imaginario, mitad hombre mitad pez.
 FOTO Nº 10  – VISTA CERCANA DEL "SIRENO"

No parece casualidad en este sentido que la escultura se instalase en su actual emplazamiento coincidiendo precisamente con las fiestas del carnaval, lo que en su día hizo pensar a muchos que la misma formaba parte de su irreverente parafernalia.


FOTO Nº 11 – OTRA VISTA DEL MISMO ARTEFACTO

De hecho al acabar las fiestas la pieza fue retirada para, sin embargo, volver a ser repuesta en el mismo lugar al poco tiempo, esta vez emplazada sobre dos pilares en hormigón armado, forrados de granito negro pulimentado, que es como está actualmente. El resultado de tales afanes configura una especie de enorme brocheta bipolar, la cual, con su desmesura, se carga totalmente la escala de la plaza.

FOTO Nº 12 – OTRA VISTA MÁS CERCANA DEL EXPLICADO CAOS EXISTENTE EN 1989 Y QUE ESTABA PIDIENDO A GRITOS UNA GLORIETA EN CONDICIONES.

Dadas las improbables prestaciones aeronáuticas del invento, no se entiende que hace "El Sireno", al fin y al cabo un organismo supuestamente acuático —le delatan sus escamas piscícolas—, posado, cual dudosa gaviota, sobre dos recios pilares a 15 metros de altura ¿No estaría mejor ubicado el inefable animalete en un medio más acorde a su presumible hábitat? Por ejemplo sobre un plano de agua en el centro de una glorieta donde la pieza quedaría más puesta en valor, tenga el que tenga.

FOTO Nº 13 – PORTA DO SOL EN 1989 DESDE EL ARRANQUE DE ELDUAYEN Y MIRANDO HACIA PRÍNCIPE


5.  LA PLACITA DETRÁS DEL COAG
Continuando con la remodelación de Bar Bóo, en particular la potenciación del eje vial Norte-Sur, representado por las calles de mayor pendiente, Carral y Doctor Cadaval, le parecía muy importante al arquitecto vigués, aunque solo fuera por su valor simbólico, al enlazar éste los dos elementos más emblemáticos de la ciudad, y que son La Ría de Vigo y el Monte do Castro.

Para lograr dicho objetivo planteaba la construcción de una esbelta torre de 10 plantas, flanqueada por dos viales, uno por cada sentido, la cual, con su fachada en acero inoxidable, granito y cristal, marcaría, cual estilizado menhir, el paso del milenio en la plaza, sumándose a las otras edificaciones que la conforman y que representan lo mejor —y también algo de lo peor— de las distintas etapas de la arquitectura local.

Destacar en este sentido el edificio racionalista de "La Plancha", la modernista "Casa Simeón", los eclécticos "Hotel Moderno" y "Casa Pardo", entre otros.

Detrás de la esbelta torre, en los antiguos terrenos de "El Pueblo Gallego", se ubicaría una placita peatonal conformada por dos nuevas edificaciones cuadrangulares de cinco plantas. El acceso al lugar desde Puerta del Sol y Príncipe sería inmediato. La remodelación de la plaza solo hubiera requerido la demolición de tres viejos caserones de aspecto rural.

Desestimada la remodelación de Bar Bóo y pasado el tiempo, la Delegación del COAG en Vigo acometió en el año 2006 la construcción de una nueva sede en los citados terrenos de "El Pueblo Gallego", acabada precisamente en el annus horribilis de 2009. Todo ello lo hicieron tras decidir su Junta directiva, aplicando una lógica ciertamente difusa, que sus oficinas en propiedad, ubicadas en Marqués de Valladares, se les habían quedado pequeñas.

Transmutado ahora en inmobiliaria de circunstancias, el citado Colegio de Arquitectos administra el alquiler de todos los nuevos locales del flamante edificio, excepto uno, de unos 70 m2, donde se ubica actualmente su menguante Delegación, muy inferior en superficie a los 580 m2 que aún poseen en su antigua sede del Edificio Plástibar.

Así pues, mientras el caluroso artefacto en cuestión, popularmente conocido como “El Tupperware”, no se decida a despegar rumbo a alguna lejana galaxia, hará falta seguir rodeando toda su impagable plasticidad para poder acceder a la nueva placita que se oculta detrás, donde se encuentra su entrada principal.


6.  DESESTIMACIÓN DE LA PROPUESTA
Demostrando, una vez más, que Vigo es una ciudad que nunca pierde la oportunidad de perder una oportunidad, y a pesar del cálido apoyo obtenido de la prensa local, la letal combinación de tres factores dio finalmente al traste con la Remodelación de Bar Bóo.

El primer obstáculo fue la oposición, en la reunión que tuvieron para presentar el proyecto, del entonces Concejal de Tráfico, el cual acababa de asistir a un congreso en Francia donde le habían explicado, o más bien él había entendido, o al menos eso fue lo que dijo, que las glorietas no tenían futuro alguno, por lo que pensaba que tampoco tenía sentido hacerlas.

En segundo lugar estaba la fuerte oposición del COAG, que ya por  entonces tenía un proyecto para reubicar su sede en ese lugar, proyecto que su directiva no estaba dispuesta a cambiar, aunque al final terminara haciéndolo.

Para el último lugar queda ciertamente el argumento de más hierrito. Resulta que el escritor Xosé Luís Méndez Ferrín solía tomar sus vinos en la taberna "El Eligio", cuyo local se localizaba fatalmente en una de las tres casitas, cuya demolición se hacía imprescindible para acometer la ordenación propuesta, y el hombre no estaba, en modo alguno, dispuesto a alterar la rutina de sus libaciones.

Por lo tanto también se opuso. Y ahí sigue todavía la casucha en cuestión, adosada al nuevo edificio del COAG.


7.  EPILOGO
Todavía hoy en día sería ciertamente posible retomar en lo esencial la propuesta de Bar Bóo, al menos en lo que se refiere a la implantación de la explicada glorieta, ahora naturalmente con el Sireno en su centro, lo que resolvería los actuales problemas de tráfico de la plaza.

Justo ahora cuando, debido a que están tan de moda, se instalan rotondas por doquier, incluso en lugares donde no hacen manifiestamente ninguna falta, resulta absurdo que no se prescriba una precisamente en el lugar en que más sentido tendría hacerla.

Lo de la esbelta “Torre Menhir”, representando al nuevo siglo en la arquitectura de la plaza, ya sería algo un poco más complicado de hacer, dado que conllevaría la demolición de algún inmueble, pero también plausible, considerando el significativo y goloso incremento de edificabilidad que, en pleno centro, supondría para los propietarios del solar.

En cuanto a la prevista marquesina lo razonable sería reponer la demolida, que estaba muy bien, aunque a algunos les molestase su sobrio aspecto racionalista, tan poco “identitario”, y que fue en realidad lo que de verdad no le perdonaron.

A la amplia calzada proyectada por Bar Bóo de seis carriles de rodadura se le podrían eliminar dos de ellos, ampliando así razonablemente las aceras, dejando únicamente cuatro carriles, dos por cada sentido, más un carril-bici, mucho mejor que los insuficientes uno por cada sentido que se tienen ahora.

Finalmente señalar que de hecho es muy probable que algún día se termine haciendo algo similar a lo planteado en su día por Bar Bóo, porque al final los espacios urbanos tienden a ser lo que quieren ser, lo que hace que tenga sentido su existencia, y en este caso lo que está pidiendo a gritos la viguesa Porta do Sol es ser un nudo viario.


JOSÉ  BAR  BLANCO,  2012